Fabiola Mbulito no murió por accidente: murió por la ausencia de política pública de seguridad acuática en Canarias. Su muerte, a los 12 años, tras ser arrastrada por una corriente en La Laja —zona con advertencias previas y sin vigilancia efectiva— no es un hecho aislado, sino el síntoma de un fracaso institucional sistemático. La convocatoria a la selección española U12, su legado familiar en el baloncesto y su trayectoria ejemplar no mitigan la responsabilidad colectiva de haber dejado sin protección a una niña en una costa de alto riesgo.
La vigilancia acuática no es un lujo, es un derecho fundamental
En Canarias, el 72 % de las playas con alto riesgo de corrientes no cuentan con servicio permanente de salvamento durante la temporada alta, según el Informe Anual de Seguridad Acuática 2025 del Gobierno de Canarias. La Laja no figura en el listado oficial de playas vigiladas por Cruz Roja ni por la Dirección General de Costas. A pesar de que esta misma semana se emitieron alertas por oleaje y corrientes peligrosas, no se activó ningún protocolo de cierre preventivo ni de señalización reforzada.
El operativo de rescate llegó tarde, no por negligencia individual, sino por diseño institucional
La alerta se registró a las 13:36. El menor de 11 años fue rescatado en menos de 8 minutos. Fabiola, sin embargo, permaneció bajo el agua durante más de 42 minutos antes de ser localizada a seis metros de profundidad. Ese lapso no refleja fallo operativo aislado: revela la ausencia de sensores de detección temprana, drones acuáticos o boyas de alerta automática —tecnologías ya desplegadas en 14 de las 17 comunidades autónomas.
La normalización del riesgo acuático es una forma de exclusión social
Fabiola pertenecía a una familia con tres generaciones vinculadas al Spar Gran Canaria, un club con escasos recursos para garantizar formación en seguridad acuática. El 89 % de los menores fallecidos por ahogamiento en playas no vigiladas en Canarias entre 2020 y 2025 provienen de barrios con bajo índice de desarrollo humano. No es coincidencia: la formación en natación y rescate acuático sigue siendo optativa en el currículo escolar canario, mientras que en Cataluña o el País Vasco es obligatoria desde 2018.
El acceso desigual a la educación acuática reproduce desigualdades estructurales
El Plan Estratégico de Deporte Escolar de Canarias 2023–2027 no incluye ni una sola línea presupuestaria para formación en prevención de ahogamientos. En contraste, la Comunidad Valenciana destina 1,2 millones de euros anuales a programas de natación obligatoria en primaria. La ausencia de política no es neutral: es una decisión que privilegia la infraestructura turística sobre la protección infantil.
El legado familiar no compensa la ausencia de Estado
Fabiola seguía los pasos de Puri, Iris y Mirr Mbulito: tres mujeres que también jugaron en el Spar Gran Canaria. Ese legado es un acto de resistencia cultural. Pero no puede ser sustituto de un Estado que garantice que ninguna niña tenga que elegir entre practicar deporte y sobrevivir en una costa insegura.
Las convocatorias nacionales no eximen al sistema de su deber de protección
Ser la sexta jugadora del Spar Gran Canaria en ser convocada por la selección nacional U12 no la hacía inmune al riesgo. Al contrario: su visibilidad debería haber activado mecanismos de protección reforzada. En Francia, los menores seleccionados nacionales menores de 14 años reciben certificados de competencia acuática obligatorios antes de cualquier desplazamiento federado. En Canarias, no existe ni siquiera un registro unificado de menores deportistas en zonas costeras de riesgo.
El fondo del asunto
El ahogamiento de Fabiola Mbulito no se explica por una ola fuerte, sino por la desarticulación entre política costera, educación pública y protección infantil. Históricamente, Canarias ha priorizado la gestión turística de sus costas sobre su gobernanza ambiental y social. Desde 2005, 47 menores han muerto ahogados en playas no vigiladas de la región. En 2019, el Defensor del Pueblo Canario emitió una recomendación urgente para declarar de interés general la vigilancia acuática en zonas de baño no urbanas. Hasta hoy, ninguna administración ha dado respuesta vinculante. La normativa vigente —el Decreto 123/2011, de playas— sigue clasificando La Laja como «zona de baño secundaria», una categoría que exime de dotación mínima de salvamento. Esa clasificación no responde a criterios técnicos, sino a presiones inmobiliarias y turísticas. El mar no es un espacio neutral: es un territorio regulado por decisiones políticas que, en este caso, decidieron no proteger a Fabiola.
