El Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA) entró en vigor el 12 de junio de 2026. Canarias enfrenta una alta incertidumbre sobre su aplicación práctica. El sistema de acogida de menores migrantes no acompañados está bajo presión extrema. Las autoridades regionales no cuentan con directrices claras sobre la figura del representante del menor. No hay definición legal ni operativa de quién asumirá ese rol. Tampoco se ha asignado financiación ni formación específica. El riesgo de brechas legales y vulneraciones de derechos es inminente.
¿Qué dice el PEMA sobre los menores no acompañados?
El PEMA exige que todo menor migrante no acompañado tenga un representante desde el primer contacto con las autoridades. Esta figura debe garantizar su interés superior en todos los procedimientos. Pero el texto europeo no especifica perfiles, requisitos ni mecanismos de designación. Tampoco aclara si el representante puede ser un funcionario, un profesional del tercer sector o un abogado especializado.
El vacío normativo afecta la protección real
Canarias gestiona el 78 % de los menores no acompañados que llegan a España por vía marítima. En 2025, se registraron 2.147 casos. El sistema regional opera con un déficit de 42 trabajadores sociales especializados. El PEMA no incluye transferencias presupuestarias directas a comunidades autónomas. Esto agrava la brecha entre obligación europea y capacidad operativa local.
¿Quién será el representante del menor en Canarias?
El Gobierno de Canarias no ha recibido instrucciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. No existe un protocolo regional ni un decreto autonómico que regule la figura. El viceconsejero de Bienestar Social, Francisco Candil, advirtió que no se ha definido si el representante será una persona física o una entidad jurídica. Tampoco se ha resuelto si podrá ejercer funciones en centros de acogida gestionados por la misma entidad que lo designe —lo que generaría un conflicto de intereses prohibido por el PEMA.
La falta de coordinación interadministrativa es crítica
El PEMA exige cooperación entre administraciones. En la práctica, no hay mesas técnicas activas entre el Gobierno de Canarias, el Ministerio de Migraciones y la Fiscalía de Menores. La ausencia de acuerdos operativos retrasa la designación de representantes. Esto pone en riesgo el cumplimiento del plazo de 72 horas para la asignación obligatoria establecido en el Reglamento (UE) 2024/1349.
¿Cuál es el impacto económico del PEMA en Canarias?
La aplicación del PEMA implica costos adicionales estimados en 18,4 millones de euros anuales para Canarias. Estos incluyen: formación de representantes, adaptación de protocolos, supervisión judicial y refuerzo de equipos psicosociales. El 92 % de esos costos recaerá sobre el presupuesto autonómico. No hay fondos europeos específicos para esta función. El Pacto prioriza la financiación de centros de retorno y controles fronterizos, no de protección infantil.
El marco legal español aún no se ha adaptado
La Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros no ha sido reformada para incorporar el PEMA. Tampoco el Estatuto de los Menores no Acompañados (Real Decreto 114/2023) incluye la figura del representante. Esto genera inseguridad jurídica. Los juzgados de menores de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife ya han emitido tres resoluciones provisionales exigiendo claridad normativa.
¿Qué datos clave debe conocer un profesional de la protección infantil?
- El PEMA exige la designación de un representante del menor desde el minuto uno de la atención.
- Canarias no dispone de un protocolo regional ni de perfiles definidos para esa figura.
- El 78 % de los menores no acompañados que llegan a España lo hacen por Canarias.
- El sistema regional opera con un déficit de 42 trabajadores sociales especializados.
- No hay fondos europeos específicos para financiar la figura del representante.
- El Reglamento (UE) 2024/1349 establece un plazo máximo de 72 horas para la designación.
Datos Clave
- El PEMA entró en vigor el 12 de junio de 2026 sin protocolos operativos en Canarias.
- La figura del representante del menor carece de definición legal, perfil profesional y financiación.
- El Gobierno de Canarias no ha recibido instrucciones del Ministerio de Migraciones.
- El déficit de personal especializado agrava el riesgo de vulneración del interés superior del menor.
- El PEMA prioriza fondos para controles fronterizos, no para protección infantil.
