El comercio canario exige la eliminación inmediata de la exención del IGIC en compras online inferiores a 150 euros. Esta medida, vigente desde 2016, distorsiona la competencia frente a los establecimientos físicos que sí tributan. El 1 de julio de 2026 marca un punto de inflexión: el nuevo arancel de 3 euros a productos importados desde terceros países activa la obligatoriedad de declaración aduanera. Eso elimina la justificación original de la franquicia fiscal.
¿Por qué el IGIC online ya no tiene justificación legal?
La exención del IGIC se introdujo para evitar la carga administrativa de las declaraciones aduaneras. En 2016, esos trámites paralizaban el e-commerce en Canarias. Hoy, los sistemas digitales están plenamente operativos. Además, el arancel de 3 euros obliga a declarar todos los envíos, sin importar su valor. Si ya se declara para pagar el arancel, también se puede declarar para liquidar el IGIC.
El cambio de contexto fiscal es irreversible
- El sistema aduanero electrónico ya gestiona miles de envíos diarios.
- Plataformas como Temu y Shein quedarán sujetas al arancel y, por tanto, a control tributario.
- La exención ya no protege al consumidor: solo beneficia a operadores extranjeros no establecidos.
¿Qué impacto económico tiene eliminar la exención del IGIC?
La supresión del régimen de franquicia reequilibrará la competencia. Las pymes y comercios locales dejarán de soportar una carga fiscal que no asumen sus competidores digitales. Se estima que la recaudación adicional podría superar los 40 millones de euros anuales. Ese ingreso fortalecería las finanzas autonómicas y permitiría invertir en infraestructura logística y digitalización del comercio físico.
El efecto en el empleo local es directo
- El 72 % del empleo comercial en Canarias depende de pymes y autónomos.
- La competencia desleal ha provocado cierres de tiendas en zonas turísticas y centros urbanos.
- La igualdad tributaria fomenta la inversión local y la fidelización del consumidor.
¿Qué dice el marco legal actual sobre el IGIC y el comercio electrónico?
El IGIC es un impuesto autonómico con régimen especial por la condición ultraperiférica de Canarias. Su exención para envíos online se basaba en el Real Decreto-Ley 1/2016. Pero la Directiva UE 2022/2523 y la Ley 11/2023 de Medidas Tributarias introdujeron el arancel de 3 euros, que activa la obligación de declaración aduanera para todos los envíos. Eso convierte la exención en incompatible con el principio de neutralidad fiscal.
Obligaciones que entran en vigor el 1 de julio de 2026
- Declaración aduanera obligatoria para envíos desde terceros países.
- Aplicación del arancel de 3 euros en todos los casos, sin franquicia.
- Posibilidad técnica y legal de incluir el IGIC en el mismo trámite digital.
¿Qué datos clave debe conocer el comercio canario?
- La exención del IGIC para compras online ≤150 € se introdujo en 2016 por falta de capacidad operativa.
- A partir del 1 de julio de 2026, todos los envíos desde fuera de la UE requieren declaración aduanera.
- El arancel de 3 euros elimina la justificación técnica y legal de la franquicia fiscal.
- El Gobierno de Canarias dispone de los sistemas digitales y el respaldo institucional para aplicar el cambio.
- La medida no afecta al consumidor final: el IGIC ya se aplica en tiendas físicas y marketplaces locales.
Datos Clave
- La franquicia fiscal del IGIC beneficia exclusivamente a operadores extranjeros no establecidos en Canarias.
- El 94 % de los envíos online a Canarias provienen de China, EEUU y Reino Unido.
- El sistema aduanero electrónico de la AEAT ya procesa más de 120.000 declaraciones diarias.
- La eliminación de la exención no implica aumento de precios: solo equipara la carga tributaria.
- El IGIC medio en Canarias es del 7 %, frente al 21 % del IVA peninsular, lo que mantiene la ventaja fiscal regional.
