Un juez de lo social de Badajoz ha reconocido una indemnización de 16.080,54 euros a un trabajador interino, aunque ya hubiera obtenido una plaza fija mediante estabilización. La sentencia aplica directamente el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 14 de abril de 2026. Este caso marca un punto de inflexión en la protección de los derechos laborales de los empleados públicos. La decisión desmonta la idea de que la estabilidad futura anula los perjuicios pasados. El daño derivado del abuso de temporalidad sigue siendo reclamable si no ha sido reparado.
¿Puede un interino reclamar indemnización aunque ya tenga plaza fija?
Sí. La magistrada Mateos Terrón ha determinado que la obtención de una plaza fija no elimina automáticamente el daño previo causado por años de contratación temporal injustificada. La Administración debe compensar con 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, cuando ese perjuicio no ha sido reparado.
Este criterio contradice la interpretación de la Ley 20/2021 de medidas urgentes contra la temporalidad. Dicha norma limitaba la indemnización a quienes no superaran los procesos selectivos. Ahora, la jurisprudencia nacional se alinea con el TJUE: la transformación en indefinido no fijo no es una sanción suficiente. El derecho a reclamar subsiste.
¿Qué dice el TJUE sobre la transformación en indefinido no fijo?
El TJUE ha declarado que la normativa comunitaria se opone a la jurisprudencia nacional que considera suficiente la conversión de contratos temporales en indefinidos no fijos como única medida sancionadora. Esa figura sigue siendo precaria. No resuelve el daño ya causado por la sucesión abusiva de contratos.
La sentencia del TJUE exige que las sanciones sean efectivas, disuasorias y proporcionadas. La mera estabilidad formal no cumple ese requisito. La indemnización económica es, por tanto, un instrumento esencial para garantizar la protección real de los trabajadores.
¿Qué implica esta sentencia para las Administraciones públicas?
Las Administraciones deben revisar sus prácticas de contratación temporal. Ya no basta con ofrecer una plaza fija al final del proceso. Deben evaluar si hubo abuso previo y, en su caso, proceder a la compensación. El riesgo de litigios se ha incrementado significativamente.
Además, la sentencia abre la puerta a miles de reclamaciones acumuladas. Se estima que más de 300.000 interinos han pasado por procesos de estabilización desde 2022. Muchos podrían invocar este precedente para exigir reparación económica.
Impacto económico y marco legal
El coste potencial para las Administraciones es elevado. Una indemnización media de 15.000 euros por caso, multiplicada por decenas de miles de afectados, supondría una presión financiera real. El marco legal español debe adaptarse a la exigencia del TJUE: la directiva 1999/70/CE y el principio de efectividad del derecho de la UE obligan a garantizar remedios reales.
Contexto actual
Esta sentencia llega en un momento de alta tensión social. Las movilizaciones de interinos frente al Congreso de los Diputados reflejan una demanda creciente de justicia laboral. El fallo refuerza la posición de los trabajadores y presiona al Gobierno para reformar la Ley de Empleo Público y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
¿Qué deben hacer los interinos que ya tienen plaza fija?
Los trabajadores que hayan sufrido sucesión abusiva de contratos temporales, incluso tras obtener plaza fija, deben evaluar su caso con asesoramiento jurídico especializado. No existe plazo único de prescripción: depende de la naturaleza de la reclamación y de la fecha de cese del abuso.
Datos Clave
- La sentencia del Juzgado de lo Social de Badajoz se emitió el 14 de abril de 2026, coincidiendo con el fallo del TJUE.
- Reconoce 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, como indemnización por abuso de temporalidad.
- Desestima la tesis de que la plaza fija absorbe automáticamente el daño previo.
- La Ley 20/2021 queda superada en esta materia por el principio de primacía del derecho de la UE.
- El fallo refuerza el estándar de efectividad, disuasión y proporcionalidad exigido por el TJUE para las sanciones por abuso.
¿Qué sigue ahora para el derecho laboral público?
Se espera que el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional se pronuncien próximamente. Mientras tanto, los juzgados de lo social están aplicando el criterio del TJUE de forma creciente. La doctrina jurídica ya habla de un nuevo estándar de responsabilidad administrativa. La Administración no solo debe evitar la precariedad futura: debe reparar la que ya ha generado.
