1ºCAN y Coalición Canaria (CC) Gran Canaria sellaron un acuerdo de confluencia nacionalista en Arucas el 25 de junio de 2026. Es el primer pacto formal de 1ºCAN tras su fundación en octubre de 2025. El objetivo: presentar una candidatura común en las elecciones municipales de 2027. El acuerdo prioriza la defensa de los intereses locales y la mejora de la calidad de vida. No es un pacto estatal ni insular, sino municipal y flexible. Cada asamblea local decide libremente si se suma.
¿Por qué este acuerdo marca un antes y un después en la política canaria?
Este pacto rompe con la fragmentación del nacionalismo canario. 1ºCAN nació tras la escisión de Nueva Canarias (NC), y su alianza con CC —históricamente rival— redefine el mapa político local. No se trata de una fusión ni de una coalición permanente. Es un acuerdo táctico, municipal y reversible. Su valor radica en la autonomía asamblearia, un principio central en el estatuto de 1ºCAN.
¿Cómo afecta la libertad asamblearia al futuro electoral?
Las asambleas locales de 1ºCAN tienen total libertad de negociación. No hay imposición desde la dirección insular. En La Aldea de San Nicolás y San Bartolomé de Tirajana ya se exploran acuerdos similares. Pero no todos los municipios avanzan igual. Algunas asambleas rechazan a CC por su historial de mociones de censura contra gobiernos locales progresistas. Para Samuel Henríquez, secretario de Organización de 1ºCAN, «cada municipio es un mundo». La decisión final siempre corresponde a la asamblea local, por unanimidad o mayoría cualificada.
¿Qué marco legal y práctico regula estas confluencias?
Las confluencias municipales en Canarias se rigen por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y la Ley Electoral de Canarias. Estas normas permiten la presentación de listas conjuntas siempre que se cumplan tres requisitos: identidad de candidatura, programa común y registro previo ante la Junta Electoral. No exigen fusión partidaria ni adhesión ideológica. Además, la Ley de Transparencia de Canarias exige publicidad de los acuerdos de confluencia antes de la convocatoria electoral. Esto implica que los ciudadanos deben conocer los compromisos programáticos y los mecanismos de toma de decisiones antes del voto.
¿Cuál es el impacto económico y social de estas alianzas?
Las confluencias municipales tienen un impacto directo en la gestión presupuestaria. Un gobierno local unido puede priorizar inversiones en infraestructuras verdes, vivienda protegida y transporte sostenible. En Arucas, el programa común ya incluye la reactivación del Plan Estratégico Municipal y la creación de una oficina de atención a la ciudadanía en barrios periféricos. Desde el punto de vista económico, evitar la dispersión electoral reduce los costes de campaña y potencia la estabilidad institucional. Esto atrae inversión local y mejora la ejecución de fondos europeos como los del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Datos Clave
- 1ºCAN se fundó en octubre de 2025 tras la escisión de Nueva Canarias (NC).
- El acuerdo de Arucas es el primer pacto formal de 1ºCAN con otra formación política.
- Las asambleas locales deciden por unanimidad si se unen a CC u otra fuerza.
- La confluencia está sujeta a la LOREG, la Ley Electoral de Canarias y la Ley de Transparencia.
- El impacto económico se mide en eficiencia presupuestaria, ejecución de fondos PRTR y estabilidad institucional.
Raíz histórica y evolución ideológica
El pacto recupera la tradición de ICAN (Iniciativa Canaria), formación que en los años 90 articuló alianzas entre municipalistas y nacionalistas de izquierdas. Hoy, 1ºCAN reinterpreta esa herencia con un enfoque más descentralizado y menos jerárquico. No busca hegemonía nacionalista, sino soberanía municipal. Esa es la razón por la que rechaza acuerdos impuestos desde arriba y exige participación real de los vecinos en la definición del programa.
Desafíos legales y de gobernabilidad
Aunque la LOREG permite confluencias, no regula los mecanismos internos de toma de decisiones postelectorales. Esto genera incertidumbre sobre cómo se resolverán los desacuerdos entre las fuerzas que conforman la candidatura. Además, la Ley de Régimen Local exige que los acuerdos de gobierno se formalicen antes de la constitución del pleno. Sin un protocolo claro, podrían surgir conflictos en la asignación de concejalías o en la aprobación de presupuestos.
