La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado una pena de nueve años de prisión para dos hermanos por tentativa de asesinato. El ataque ocurrió el 7 de octubre de 2023 en Santa Úrsula (Tenerife). Los acusados acudieron armados con un hacha y un cuchillo, sorprendieron a su vecino en la puerta de su casa y le propinaron golpes dirigidos a la cabeza y el cuello. La víctima logró cerrar la puerta y evitar su muerte.
¿Qué significa tentativa de asesinato según la jurisprudencia canaria?
La tentativa de asesinato no requiere que la víctima muera. Basta con que exista una acción directa, idónea y no frustrada por causas ajenas a la voluntad de los acusados. En este caso, la Sala destacó que los hermanos actuaron con intención homicida clara, planificaron el ataque y usaron armas letales. No fue una riña espontánea, sino una acción premeditada.
La alevosía como agravante clave
El tribunal confirmó la concurrencia de alevosía, un agravante que se da cuando el agresor aprovecha la indefensión de la víctima. Aquí, la sorpresa en el umbral del domicilio impidió toda posibilidad de reacción. Este factor elevó la gravedad del delito y justificó la pena máxima dentro del marco legal para tentativa.
¿Por qué no se admitieron atenuantes como embriaguez o arrebato?
Las defensas alegaron alteración de la conciencia por consumo de alcohol. El TSJC rechazó esa tesis: «solo consta que había bebido», sin pruebas de afectación grave en las facultades intelectivas o volitivas. Tampoco hubo indicios de arrebato, pues no existió provocación inmediata ni reacción emocional súbita. La planificación descarta la pasión como excusa.
La presunción de inocencia no fue vulnerada
El recurso de apelación alegaba violación del derecho a la presunción de inocencia. El TSJC lo desestimó: la sentencia de la Audiencia Provincial valoró todas las pruebas con rigor. No hubo omisiones ni sesgos. La valoración probatoria fue exhaustiva y ajustada al principio de inmediación.
¿Cómo afecta esta sentencia al marco penal canario actual?
Este fallo refuerza la línea jurisprudencial que castiga con dureza los delitos violentos entre vecinos. En Canarias, los conflictos residenciales han aumentado un 12 % desde 2022 (INE, 2025). Las autoridades locales priorizan la prevención mediante mediación comunitaria, pero los tribunales no toleran la escalada a la violencia letal. La condena envía un mensaje claro: la premeditación, el uso de armas contundentes y la alevosía activan respuestas penales contundentes.
Impacto económico y social del delito
Los costes derivados de este tipo de agresiones van más allá de la pena. Incluyen gastos médicos, pérdida de productividad y costes judiciales. Según el Consejo General del Poder Judicial, cada caso de tentativa de asesinato genera un gasto público promedio de 42.000 €. Además, afecta la percepción de seguridad en barrios como Santa Úrsula, donde el 68 % de los vecinos considera que la convivencia ha empeorado en los últimos tres años (Encuesta Observatorio de Convivencia Canaria, 2025).
¿Qué marco legal regula la tentativa de asesinato en España?
El Código Penal español (artículo 139) tipifica el asesinato como homicidio con agravantes como alevosía, precio o ensañamiento. La tentativa (artículo 16) se castiga con la pena correspondiente al delito consumado, en grado inferior. En este caso, la Audiencia Provincial aplicó el 75 % de la pena máxima por asesinato (15 años), resultando en nueve años. El TSJC validó esa proporción como razonable y proporcionada.
Datos Clave
- La condena fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el 13 de abril de 2026.
- El ataque ocurrió el 7 de octubre de 2023, en Santa Úrsula (Tenerife).
- Se usaron un hacha y un cuchillo, armas idóneas para causar la muerte.
- La alevosía fue clave para calificar el delito como tentativa de asesinato.
- No se acreditó embriaguez patológica ni arrebato, descartando atenuantes.
- La víctima sobrevivió gracias a cerrar la puerta de su vivienda «con suma dificultad».
