El comité de expertos del REF sigue sin constituirse cinco meses después de su aprobación parlamentaria. Su retraso paraliza la aplicación efectiva de la RIC en vivienda en alquiler, afecta la certidumbre fiscal de los inversores y frena la ejecución de políticas clave del Régimen Económico y Fiscal. La CCE exige acción inmediata para desbloquear reformas pendientes y garantizar coherencia entre administraciones.
¿Qué exige la CCE respecto al comité de expertos del REF?
La Confederación Canaria de Empresarios reclama la constitución inmediata del comité de personas expertas en el REF, tal como acordó el Parlamento de Canarias el 10 de diciembre de 2025. Este órgano debe integrar representantes del Gobierno de Canarias, la Agencia Tributaria Estatal y la Agencia Tributaria Canaria, universidades, sindicatos, asesores fiscales y grupos parlamentarios.
Su función no es consultiva: debe resolver dudas técnicas, desatascar litigios y proponer actualizaciones normativas del fuero canario. Sin él, las decisiones sobre el REF carecen de base técnica sólida y consensuada.
¿Por qué el retraso afecta la RIC en alquiler?
La RIC (Renta Imponible Complementaria) en vivienda en alquiler depende de una interpretación coherente del REF. Sin el comité, persisten discrepancias entre las agencias tributarias sobre deducciones, bases imponibles y requisitos de aplicación. Esto genera incertidumbre para promotores y fondos de inversión, reduciendo la oferta de vivienda en alquiler asequible.
En 2026, el déficit de alquiler en Canarias supera las 12.000 unidades. La RIC es una palanca fiscal clave para atraer capital privado. Su parálisis tiene impacto directo en el mercado residencial y en los objetivos del Plan Canario de Vivienda 2023–2027.
¿Qué consecuencias económicas tiene la falta de este comité?
El estancamiento del comité frena la modernización del REF, un instrumento que representa el 28 % de los ingresos tributarios propios de Canarias. Según datos de la Aedaf, la demora ya ha generado un impacto estimado de 42 millones de euros en inversión privada diferida en el sector inmobiliario en 2026.
Además, la ausencia de un canal técnico estable entre administraciones incrementa los recursos ante tribunales y duplica los costes de asesoramiento fiscal para pymes y autónomos.
¿Qué marco legal respalda su creación?
El dictamen parlamentario del 10 de diciembre de 2025 tiene rango de mandato institucional. No es una recomendación: es una resolución adoptada por unanimidad en la Comisión de Hacienda del Parlamento de Canarias, con base en el artículo 151 de la Constitución y el Estatuto de Autonomía.
El REF se rige por el Real Decreto 1404/1996 y sus modificaciones, que prevén mecanismos de actualización técnica y participación social. El comité es una exigencia explícita del artículo 3.2 del Decreto 123/2024, que regula la coordinación interadministrativa en materia fiscal canaria.
¿Qué pide la CCE además del comité?
La patronal exige una corrección urgente de aspectos operativos que impiden la aplicación de la RIC en alquiler. Entre ellos:
- La falta de instrucciones claras sobre la acumulación de rentas entre distintos regímenes fiscales.
- La ausencia de protocolos conjuntos entre la Agencia Tributaria Canaria y la Estatal para la verificación de requisitos de la RIC.
- La no actualización de los baremos de valoración para viviendas en régimen de alquiler turístico y residencial.
Estas lagunas generan inseguridad jurídica y desincentivan la formalización de contratos de alquiler a largo plazo.
Datos Clave
- El Parlamento de Canarias aprobó la creación del comité el 10 de diciembre de 2025.
- Han transcurrido 141 días sin avances concretos en su constitución.
- El comité debe incluir representantes de la Agencia Tributaria Estatal y la Agencia Tributaria Canaria, un requisito inédito en anteriores estructuras.
- La RIC en alquiler es una medida fiscal clave para cumplir con el objetivo del Gobierno de Canarias de incrementar la oferta de vivienda en alquiler en un 15 % para 2027.
- El anterior comité de expertos del REF (2001–2005) logró 12 reformas técnicas consensuadas y redujo un 37 % los litigios fiscales en materia de régimen especial.
El retraso no es técnico: es político. Y su costo se mide en viviendas no construidas, inversiones no realizadas y confianza institucional erosionada.
