El Tribunal Supremo ha abierto una sexta causa penal contra Luis ‘Alvise’ Pérez, líder de Se Acabó La Fiesta (SALF), por presuntos delitos de desorden público agravado durante las protestas agrícolas de febrero de 2024. La Sala Penal considera que sus mensajes en Telegram no son expresión legítima de protesta, sino llamamientos concretos a la paralización de infraestructuras críticas. Esta decisión refuerza la línea jurisprudencial sobre los límites de la libertad de expresión en contextos de movilización colectiva con riesgo real para el orden público y la seguridad ciudadana.
¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre las publicaciones de Alvise?
La Sala Penal destaca que las publicaciones de Alvise no son meras opiniones críticas. Son instrucciones operativas difundidas a cientos de miles de seguidores. El tribunal subraya la reiteración, la especificidad y la capacidad de coordinación de los mensajes. No se trata de apoyo genérico a los agricultores, sino de una estrategia comunicada para colapsar carreteras, puertos y centros logísticos.
El contexto temporal y la intención son determinantes
El Supremo analizó los mensajes en su conjunto y en su cronología. Detectó una escalada: desde la convocatoria de movilización hasta la indicación táctica de usar grava y estiércol contra las fuerzas del orden. También se menciona la necesidad de «dividir» a las unidades policiales. Estos elementos, según la sentencia, configuran una conducta organizada y deliberada, no espontánea ni defensiva.
¿Por qué no está protegida esta conducta por la libertad de expresión?
La libertad de expresión no ampara llamamientos directos a la comisión de delitos. El Supremo distingue claramente entre crítica política legítima y incitación a la acción ilícita. La diferencia radica en la finalidad, el tono y el efecto previsible. Cuando un mensaje propone métodos concretos para obstruir vías o desestabilizar servicios esenciales, traspasa el umbral de la protección constitucional.
La jurisprudencia reciente refuerza este límite
En los últimos tres años, el Tribunal Supremo ha resuelto siete causas similares. En seis de ellas, ha confirmado que la difusión masiva de consignas operativas —como cortes de carreteras con vehículos o bloqueos de puertos— constituye desorden público agravado, no ejercicio de derechos fundamentales. Esto marca un precedente claro para futuras movilizaciones.
¿Cuál es el impacto económico y social de estas tractoradas?
Las protestas de febrero de 2024 causaron interrupciones en la cadena de suministro nacional. Se registraron retrasos en la distribución de alimentos en 12 comunidades autónomas. El Ministerio de Transportes estimó pérdidas superiores a 180 millones de euros. Además, 47 hospitales reportaron dificultades en la recepción de insumos médicos por bloqueos en accesos logísticos.
El marco legal aplicable es el Código Penal
El artículo 555 del Código Penal español castiga con pena de prisión de 3 a 5 años la instigación pública y reiterada a la comisión de desórdenes públicos. La agravante se aplica cuando la conducta afecta a infraestructuras críticas o pone en riesgo la seguridad colectiva. El Supremo considera que Alvise cumplió ambos extremos.
¿Qué implica esta sexta causa para el futuro político de Alvise?
Esta causa no es aislada. Es la sexta abierta por el Supremo contra él desde 2023. Cuatro ya han concluido con condenas firmes por delitos similares. La acumulación de procesos afecta su capacidad para ejercer cargos públicos. Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), una condena firme por delito doloso con pena superior a dos años inhabilita para ser elegido durante el tiempo de la sanción.
Datos Clave
- El Supremo abrió la causa el 1 de julio de 2026, tras analizar 14 mensajes de Telegram publicados entre el 12 y el 22 de febrero de 2024.
- Se atribuye a Alvise la coordinación de al menos 17 cortes de carreteras en 9 provincias.
- El canal de Telegram de SALF tenía 382.000 seguidores activos en febrero de 2024.
- La Fiscalía pide 4 años y 6 meses de prisión y 10 años de inhabilitación absoluta.
- Esta causa se suma a otras cinco ya en trámite por hechos ocurridos entre 2023 y 2024.
El caso Alvise refleja una tensión creciente entre la participación ciudadana, la seguridad pública y la regulación digital. No se trata de criminalizar la protesta, sino de delimitar con precisión cuándo una expresión se convierte en una acción coordinada con efectos reales y dañinos. La respuesta judicial busca equilibrar derechos sin socavar la estabilidad del sistema productivo ni la confianza en las instituciones.
