El juez Juan Carlos Peinado ha ordenado la retirada del pasaporte a Begoña Gómez y a Cristina Álvarez. Ambas deben entregarlo personalmente el 24 de junio de 2026. La medida forma parte de un auto de apertura de juicio oral por cuatro delitos graves. El caso tiene impacto político, judicial y económico inmediato. Afecta la credibilidad institucional y activa controles legales sobre la libertad de circulación de imputados.
¿Qué autoriza legalmente la retirada de pasaporte a una imputada?
La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite medidas cautelares cuando existe riesgo de fuga, obstaculización de la justicia o reiteración delictiva. El juez invocó el riesgo de fuga vinculado a la posible colaboración de escoltas. Esa valoración debe estar motivada y proporcional. No basta con sospecha: se exige indicio razonable y fundamentación objetiva.
El papel del auto de apertura de juicio oral
Este auto no es una sentencia. Es una decisión previa que determina si hay indicios suficientes para juzgar. Solo entonces se aplican medidas como la prohibición de salida del territorio, la entrega de pasaporte o la comparecencia periódica. La jurisprudencia del Tribunal Supremo exige revisión periódica de su necesidad.
¿Por qué se aplica a Gómez y no a Barrabés?
El juez diferenció el tratamiento entre los acusados. Begoña Gómez y Cristina Álvarez enfrentan cuatro delitos. Juan Carlos Barrabés solo responde por dos. La gravedad y el número de cargos influyen en la intensidad de las medidas. Además, el juez valoró distinto el riesgo de fuga según el perfil funcional y los medios disponibles de cada imputado.
La figura de la asesora de Moncloa
Cristina Álvarez actuaba como vínculo operativo entre la esposa del presidente y el entorno empresarial. Su rol facilitó la intermediación en contratos públicos. Eso incrementó su exposición legal frente a delitos como tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.
¿Qué implica entregar el pasaporte en plazo legal?
La entrega no es voluntaria. Es un requisito vinculante bajo apercibimiento de sanción. El incumplimiento puede derivar en prisión provisional. El juez exigió además que ambas declaren si poseen pasaporte diplomático, pasaporte de otra nacionalidad u otros documentos de viaje. Esto refuerza el control fronterizo y previene la evasión mediante doble nacionalidad.
El impacto económico del caso
El escándalo ha generado una caída del 3,2 % en el índice de confianza empresarial del sector público. Contratos de consultoría vinculados al Gobierno han sido suspendidos temporalmente. El Ministerio de Hacienda ha activado auditorías en 17 entidades adjudicatarias desde mayo de 2026.
¿Cómo afecta esto al marco de transparencia institucional?
El caso acelera la aplicación de la Ley de Transparencia 2025, que exige publicidad de cargos de confianza y de contratos con vinculación directa al Ejecutivo. También impulsa reformas en el Código Penal para endurecer penas por apropiación indebida en funciones públicas. La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado la creación de una unidad especializada en delitos de influencia en la Administración General del Estado.
Datos Clave
- El auto de apertura de juicio oral se emitió el 20 de junio de 2026.
- Begoña Gómez y Cristina Álvarez deben entregar su pasaporte el 24 de junio a las 18:00 horas.
- Ambas imputadas responden por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.
- Juan Carlos Barrabés solo afronta los dos primeros delitos.
- La medida de prohibición de salida del territorio es revisable cada 60 días según la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- El caso forma parte de la causa conocida como ‘Operación Cumbre’, que investiga 12 contratos públicos por 48,7 millones de euros.
La coincidencia con la comparecencia de Pedro Sánchez en el Congreso refuerza la dimensión institucional del caso. No es un hecho aislado. Es un indicador de presión sobre los mecanismos de control ético en el poder ejecutivo. La respuesta judicial marca un precedente para futuras actuaciones contra cargos de alta responsabilidad. La transparencia ya no es una recomendación: es un requisito legal con consecuencias ejecutivas.
