La reciente sentencia del Tribunal Supremo ha marcado un hito en la relación entre el Estado español y la empresa Enagás Transporte, S.A.U., al condenar a la Administración a indemnizar a la compañía con 18,6 millones de euros. Esta decisión se deriva de la frustración de los proyectos de plantas de gas natural licuado (GNL) en las Islas Canarias, que se vieron afectados por cambios normativos y administrativos que alteraron las expectativas legítimas de inversión de Enagás. La resolución, emitida el 25 de septiembre de 2025, destaca la importancia del principio de confianza legítima en el ámbito de la inversión pública y privada, un aspecto que ha sido fundamental en el desarrollo de infraestructuras energéticas en el país.
La historia de este conflicto se remonta a principios de los años 2000, cuando el Gobierno español incluyó las plantas de gasificación de Canarias en la planificación estatal del sistema gasista 2002-2011. Estas instalaciones fueron clasificadas como de categoría A, lo que implicaba que eran obligatorias y no estaban sujetas a condicionantes de demanda. La iniciativa fue impulsada por Gascan, una sociedad creada por el Gobierno de Canarias y el grupo Endesa, con el objetivo de desarrollar la gasificación del archipiélago. En 2013, el Estado intensificó su compromiso al obligar a Enagás a adquirir la totalidad de Gascan, lo que la compañía cumplió, asumiendo los costos de los proyectos en curso.
A lo largo de los años, Enagás realizó significativas inversiones en estudios técnicos, proyectos y autorizaciones, convencida de que contaba con el respaldo institucional necesario para llevar a cabo estas infraestructuras. Sin embargo, la situación dio un giro inesperado en 2015, cuando se anuló judicialmente la autorización ambiental de la planta de Tenerife. Este revés fue seguido por un cambio en la política energética en 2018, cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) introdujo la exigencia de demostrar la «sostenibilidad económica» de las plantas, alegando una falta de demanda suficiente.
El punto culminante de esta serie de eventos se produjo en 2022, cuando el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 6/2022, que excluyó las plantas canarias del sistema gasista nacional. Esta decisión redefinió la red básica y relegó el uso de estas instalaciones a actividades secundarias, como el suministro a buques o puertos. El Tribunal Supremo, al evaluar el caso, determinó que este cambio de rumbo, tras años de decisiones favorables y un mandato legal de adquisición, quebró la confianza legítima de Enagás en la viabilidad de los proyectos. La sentencia subraya que las actuaciones administrativas y legislativas a lo largo del tiempo generaron expectativas legítimas que, al ser frustradas, resultaron en daños antijurídicos para la empresa.
La resolución del Tribunal Supremo no solo implica una indemnización millonaria, sino que también sienta un precedente importante en el ámbito de la responsabilidad patrimonial del Estado. El fallo establece que cuando el Estado crea expectativas legítimas de inversión y posteriormente modifica de manera inesperada el marco normativo y administrativo, puede ser considerado responsable de los daños causados. Este principio es crucial para fomentar un entorno de inversión más seguro y predecible, tanto para empresas nacionales como extranjeras.
La decisión del alto tribunal también plantea interrogantes sobre el futuro de la política energética en España, especialmente en regiones como Canarias, donde la dependencia de fuentes de energía externas es significativa. La falta de desarrollo de infraestructuras de gas puede tener repercusiones en la seguridad energética del archipiélago, así como en su capacidad para diversificar su matriz energética y reducir la dependencia de combustibles fósiles. En este contexto, es fundamental que las administraciones públicas trabajen en la creación de un marco regulatorio claro y estable que fomente la inversión en energías sostenibles y alternativas.
Enagás, por su parte, ha expresado su satisfacción con la sentencia, que reconoce los esfuerzos y las inversiones realizadas en un contexto de incertidumbre. La empresa ha manifestado su compromiso con el desarrollo de proyectos que contribuyan a la transición energética y a la sostenibilidad en Canarias. Sin embargo, el camino hacia la implementación de nuevas infraestructuras energéticas en la región no será fácil, dado el contexto normativo cambiante y las expectativas de demanda que deben ser atendidas.
La indemnización de 18,6 millones de euros representa no solo un alivio financiero para Enagás, sino también un recordatorio para las administraciones sobre la importancia de mantener la coherencia en sus políticas y decisiones. La confianza legítima es un pilar fundamental en la relación entre el sector público y privado, y su vulneración puede tener consecuencias significativas para el desarrollo económico y energético de un país. En este sentido, el caso de Enagás y el Estado español servirá como un referente en futuros litigios relacionados con la inversión y la responsabilidad patrimonial en el ámbito energético.